José Carlos Mariátegui
7 Ensayos de Interpretación de la Realidad Peruana
El Proceso de la Instrucción Pública

REFERENCIAS




1. La participación de educadores belgas, alemanes, italianos, ingleses, etc. en el desarrollo de nuestra educación pública, es episódica y contingente y no implica una orientación de nuestra política educacional.

2. Circular del ministro don Matías León, fechada el 19 de abril de 1831.

3. "Las reformas de la Instrucción Pública", discurso pronunciado en la apertura del año universitario de 1919. En la Revista Universitaria de 1919.

4. Véase en este volumen los estudios sobre la economía nacional y el problema de la tierra.

5. M. V. Villarán, Estudios sobre Educación Nacional, pp. 8 y 9.

6. Es interesante y expresivo el que los reaccionarios franceses proclamen a Francia nación burguesa, más bien que capitalista.

7. Ib., p. 27.

8. España es el país de la Contrarreforma, y por ende el Estado antiliberal y antimoderno por excelencia.

9. C. A. Ugarte, Bosquejo de la Historia Económica del Perú.

10. Véase el ensayo sobre el factor religioso.

11. Edouard Herriot, Créer, p. 95.

12. Ib., p. 125.

13. Ib., p. 127.

14. Ib., pp. 120, 123 y 124.

15. M. V. Villarán, ob. citada, p. 74.

16. Ib., p. 33.

17. Estudio del Dr. Bouroncle sobre "Cien años de política educacional" publicado en La Prensa el 9 de diciembre de 1924.

18. En 1926 los egresos fiscales del presupuesto sumaron Lp. 10'518,960, correspondiendo a la instrucción Lp. 1'000,184, pero sólo Lp. 859,807 a la primaria.

19. Ley Orgánica de Enseñanza de 1920. Edición Oficial, p. 84.

20. Publicaciones del Círculo Médico Argentino y Centro de Estudiantes de Medicina. La Reforma Universitaria. 6 tomos, 1926-27.

21. La Reforma Universitaria, tomo 1, p. 55.

22. Ib., p. 44.

23. Ib., pp. 58 y 86.

24. Ib., p. 125.

25. Ib., p. 130.

26. Ib., pp. 140 y 141.

27. V. A. Belaunde, La Vida Universitaria, p. 3.

28. Alfredo L. Palacios, La Nueva Universidad.

29. Véase el Nº 3 de Amauta (noviembre de 1926).

30. En Repertorio Americano, tomo XV, p. 145 (1927).

31. En la Revista Universitaria del Cuzco, Nº 56, 1927.

32. En Amauta, Nº 7 (marzo de 1927).

33. En prensa esta obra, el Gobierno ha dictado, en uso de una expresa autorización legislativa, un nuevo Estatuto de la Enseñanza Universitaria, que entra en vigencia en el año de estudios de 1928, abierto, por este motivo, con retardo. Esta reforma concierne casi exclusivamente a la organización de la enseñanza universitaria, colocada bajo la autoridad de un consejo superior que preside el Ministro de Instrucción. El carácter, el concepto de esta enseñanza no ha sido tocado: no podría serlo sino dentro de una reforma integral de la educación que hiciese de la enseñanza universitaria el grado superior de la instrucción profesional, reservándola a los capaces, seleccionados con independencia de todo privilegio económico. La reforma, que es, sobre todo, administrativa, se inspira, tendencialmente, en los mismos principios de la ley de 1920 aunque adopte, en ciertos puntos, otra técnica. El discurso del Presidente de la República, al inaugurar el año universitario, asigna a la reforma la misión de adecuar la enseñanza universitaria a las necesidades prácticas de la nación, en este siglo de industrialismo, y acentuando esta afirmación, condena explícitamente la orientación de los propugnadores de una cultura abstractista, clásica, exenta de preocupaciones utilitarias. Pero el rectorado de la nueva era de la Universidad -que en sus aspectos esenciales se parece tanto a la vieja- ha sido encargado al Dr. Deustua que, si es entre nosotros un tipo de estudioso y universitario concienzudo, es además el más conspicuo de los patrocinadores de la tendencia de la cual hace justicia sumaria el discurso presidencial. Esta contradicción no se explicaría fácilmente en ninguno de aquellos países donde ideológica y doctrinalmente se tiene el hábito de la coherencia. El Perú, ya lo sabemos, no es de esos países. El Estatuto -cuya apreciación general no cabe en esta breve nota- establece los medios de crear la carrera universitaria, la docencia especializada. En este sentido, es un instrumento legal de transformación técnica de la enseñanza. La eficacia de este instrumento depende de su aplicación.

34. Revista Sagitario de La Plata, Nº 2, 1925.

35. "A propósito de un cuestionario sobre la reforma de la ley de instrucción". Colección de artículos, 1914. Imp. M. A. Dávila. Pág. 56. Véase también La cultura superior en Italia. Lima, 1912, E. Rosay impresor. Pág. 145 y siguientes.

36. F. Lefevre, Une heure avec, Deuxieme série, pág. 172.

37. M. V Villarán, ob. citada, p. 52.

38. P. Henríquez Ureña, Utopía de América.

39. Expresivas del orientamiento renovador de los normalistas son las publicaciones aparecidas en Lima y provincias en los últimos años: La Revista Peruana de Educación, Lima, 1926; Revista del Maestro y Revista de Educación, Tarma; Ideario Pedagógico, Arequipa; El Educador Andino, Puno.

40. El Ministro de Instrucción Dr. Oliveira, en un discurso pronunciado en el Congreso en la legislatura de 1927, ha reconocido la vinculación del problema de la educación indígena y el problema de la tierra, aceptando una realidad eludida invariablemente por sus predecesores en ese cargo.

[Advertencia]
[Esquema de la Evolución Económica]
[El Problema del Indio] [El Problema de la Tierra]
[El Proceso de la Instrucción Pública] [El Factor Religioso]
[Regionalismo y Centralismo] [El Proceso de la Literatura]
[INDICE]

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